A partir del establecimiento de la Ordenanza Nº 15.880, en todo club o institución barrial en la que se practiquen deportes, los niños/as y adolescentes deberán contar con una Ficha Clínica Deportiva.
A su vez, aquella institución que brinde espacio para la práctica deportiva que no cuente con profesionales habilitados o ante la imposibilidad de acceso a un médico de cabecera que genere la ficha para cumplir con la mencionada ordenanza, podrá solicitar a través de esa dependencia comunal la asistencia necesaria.
Este tipo de acciones no solamente permiten el cumplimiento de lo exigido sino que garantizan la presencia del Estado junto a las instituciones barriales, fortaleciendo los vínculos sociales.
Se indicó que un equipo de Salud conformado por 1 administrativo, 2 enfermeras y 2 médicas, concurrirá al lugar que se ubica el club o institución en la que se practique alguna disciplina deportiva y se realizarán los controles médicos conjuntamente con el control del calendario de vacunas en las instituciones.
En tanto, el Equipo de atención está conformado por: pediatras, enfermeras y promotoras de Salud.
Las instituciones interesadas deben comunicarse a los teléfonos: 5506027 o 155092561.